| VISTO: En el Expediente N° 0817-69-001-2022, las actuaciones relativas a la inspección
realizada el día 21 de octubre de 2022 a la firma LINOGAR
SRL., sita en la calle Ituzaingó 1389 en la localidad de Lascano del
departamento de Rocha, como parte del plan
de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la
DNE, CND y la URSEA de fecha 20/6/2013;
RESULTANDO: I)- que, en la inspección se constató la
comercialización de: Refrigerador eléctrico
marca LG modelo GT32WPPDC (ítem 1); Refrigerador
eléctrico marca CONSUL modelo CRC30GBDWX (ítem 2);
II)- que, consultada la base de productos
autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética y de productos
autorizados en materia de seguridad eléctrica, se verificó que los ítems
mencionados contaban con las autorizaciones correspondientes al momento de la
inspección;
III)- que, se verificó que el ítem 1) contaba
con una etiqueta de eficiencia energética no reglamentaria;
IV) que, respecto del ítem 1) la empresa
mayorista acreditó haber entregado las etiquetas de eficiencia energética a la
firma inspeccionada;
V) que, en el marco de lo informado en la
Actuación Nº 6, la asesora letrada sugirió la aplicación de una sanción de apercibimiento
a LINOGAR SRL., en tanto exhibió el ítem 1) sin la etiqueta de eficiencia energética
correspondiente;
CONSIDERANDO: I)- que se configuró un incumplimiento a la normativa de Etiquetado de
Eficiencia Energética por parte de la
empresa mencionada;
II)- que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose
la vista de precepto;
ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº
17.598
de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus
posteriores modificaciones),
en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de septiembre de 2009, en los Decretos del
Poder Ejecutivo N° 429/009 y 430/2009 de fecha 22 de septiembre de 2009, N°
329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, Resoluciones de URSEA Nº 131/2009, N°
282/014, Nº 260/016 del 5 de octubre de 2016, normas concordantes y
modificativas, y a lo informado;
EL DIRECTORIO
DE URSEA
RESUELVE:
1.
Aplicar a la empresa LINOGAR SRL, RUT N° 200108120018, una sanción de APERCIBIMIENTO, por la
comercialización del refrigerador
eléctrico marca LG modelo GT32WPPDC sin etiqueta de eficiencia
energética reglamentaria durante el período obligatorio de adhesión.
2.
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones. Cumplido, archívese
sin perjuicio.
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