Resolución Expediente Acta Nº
Nº 161/026 0900-69-001-2023 26/2026
 
Referencia
SOLICITUD DE APERTURA NUEVA PUESTO DE VENTA SELLO ANCAP - DEPARTAMENTO DE SALTO
 
Resolución

VISTO: la solicitud presentada por DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. (DUCSA) y GARAGE URUGUAY S.R.L. de prórroga del plazo para la apertura del puesto de venta de combustibles líquidos autorizado por Resolución Nº 198/024 de fecha 30 de abril de 2024, a emplazarse en Avenida Oribe, padrón Nº 37.606, departamento de Salto; tramitada en expediente 0900-69-001-2023:
RESULTANDO: I) que la autorización fue notificada a DUCSA el 2 de mayo de 2024 y a GARAGE URUGUAY S.R.L. el 3 de mayo de 2024, fijándose como fecha límite para la apertura el plazo de un año;
II) que con fecha 7 de abril de 2025 DUCSA solicitó prórroga alegando razones de fuerza mayor, y el 21 de abril de 2025 GARAGE URUGUAY S.R.L. reiteró la petición invocando dificultades climáticas y trámites ante la Intendencia de Salto, acompañando pruebas del inicio de obras;
III) que el día 22 de octubre de 2025 GARAGE URUGUAY S.R.L. solicitó la máxima prórroga prevista por la normativa de URSEA, destacando avances significativos en las instalaciones, solicitud apoyada por DUCSA;
IV) que el 16 de diciembre de 2025 se realizó una inspección por técnicos de la URSEA constatando obras avanzadas, surtidores y tanques instalados;
V) que la Asesoría Jurídica, previo a informar la procedencia de la prórroga, expresó la necesidad de que las empresas acreditaran documentalmente las razones que impidieron el inicio oportuno, informaran la fecha efectiva de operación y presentaran registro fotográfico, disponiéndose en mérito a ello conferir vista a DUCSA y GARAGE URUGUAY S.R.L.;
VI) que, en la evacuación de vista, GARAGE URUGUAY S.R.L. acreditó documentalmente trámites burocráticos, permisos de obra y de intervención en el cantero central de Av. Oribe, así como por condiciones climáticas, señalando que las operaciones comenzaron el día 22 de diciembre de 2025, con la agregación de facturas;
CONSIDERANDO: I) que la documentación aportada justifica la demora en la apertura del puesto de venta autorizado;
II) que se verificó la primera venta al público el 22 de diciembre de 2025, fecha que marca el inicio efectivo de operaciones;
III) que, en mérito a lo expuesto, resulta procedente conceder la prórroga solicitada, hasta el 22 de diciembre de 2025;
IV) que la Asesoría Jurídica y la Gerencia General, de conformidad con lo sugerido, elevan a consideración del Directorio.
ATENTO: a lo previsto en los artículos 1º, 2º y 15 literal “C” de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en su redacción vigente; Resolución URSEA Nº 141/021 de 29 de junio de 2021; Resolución URSEA Nº 377/022 de 4 de octubre de 2022; y Resolución URSEA Nº 271/025 de 2 de julio de 2025;

EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:

1) Declarase concedida a DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. y GARAGE URUGUAY S.R.L. una prórroga para la apertura del puesto de venta de combustibles líquidos, autorizado por Resolución Nº 198/024, hasta el 22 de diciembre de 2025.
2) Notifíquese a DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. y GARAGE URUGUAY S.R.L.
3) Remítanse las actuaciones a la División Combustibles para su posterior fiscalización de inicio de operaciones.
4) Concluido el trámite, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 26/2026 de fecha 05/20/2026