Resolución Expediente Acta Nº
Nº 266/023 0414-69-001-2022 29/2023
 
Referencia
CONTROL DE NORMATIVA DE ETIQUETADO DE NORMATIVA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
 
Resolución

VISTO: las actuaciones en el Expediente N°  0414-69-001-2022, relativas a la inspección realizada el día 1 de junio de 2022 a la firma DELERAL S.A, sita en la calle Batlle 764, en la localidad de Minas del departamento de Lavalleja, como parte del plan de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA de fecha 20/6/2013;

            RESULTANDO: I)- que, en la inspección se constató la comercialización de: Refrigerador eléctrico marca LG modelo GT32WPPDC (ítem 1); Acondicionador de aire marca FUTURA modelo ASW-H18C4/FOR1 (ítem 2); Calentador de agua marca XION modelo XI-CAL35 (ítem 3);

 II)- que, consultada la base de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética y de productos autorizados en materia de seguridad eléctrica, se verificó que el ítem 1) contaba con una etiqueta de eficiencia energética no reglamentaria, que el ítem 2) tenía dada la baja de la autorización y que para el ítem 3) el modelo incluido en la etiqueta de eficiencia energética no coincide con el presente en la placa del producto;  

III) que, respecto del ítem 1) la empresa mayorista acreditó haber entregado las etiquetas de eficiencia energética a la firma inspeccionada;

IV) que, en el marco de lo informado en la Actuación Nº 10, la asesora letrada sugirió la aplicación de una sanción de apercibimiento a DELERAL S.A.., en tanto exhibió el ítem 1)  sin la etiqueta de eficiencia energética correspondiente, aplicar a la empresa DIARIL S.A  una multa de 12.000 Unidades Indexadas, por comercializar el ítem 2) sin autorización para el uso de la etiqueta de eficiencia energética reglamentaria durante el período obligatorio de adhesión y exigir a JOACAMAR S.A. corregir o reemplazar la placa de características del ítem 3);

            CONSIDERANDO: I)- que se configuró un incumplimiento a la normativa de Etiquetado de Eficiencia Energética por parte de la empresa mencionada; 

II)- que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de septiembre de 2009, en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 429/009 y 430/2009 de fecha 22 de septiembre de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, Resoluciones de URSEA Nº 131/2009, N° 282/014, Nº 260/016 del 5 de octubre de 2016, normas concordantes y modificativas, y a lo informado;

EL DIRECTORIO DE URSEA

RESUELVE:

 

1.  Aplicar a la empresa DELERAL S.A. - RUT N° 213230850019, una sanción de apercibimiento y a DIARIL S.A. - RUT N°  216697250015, una sanción equivalente al 12.000 UI (doce mil Unidades Indexadas).  

2.    Requerir a  JOACAMAR S.A. corregir o reemplazar la placa de características del Calentador de agua marca XION modelo XI-CAL35.

3.    Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

4.    Pase a la División Gestión de Recursos a efectos de la gestión de cobro de la multa impuesta.

5.    Oportunamente, archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 29/2023 de fecha 05/23/2023