Resolución Expediente Acta Nº
Nº 018/020 0556-02-006-2018 03/2020
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A MARCOS RODRÍGUEZ Y MULTA A MEGAL SA
 
Resolución

 

VISTO: La  inspección realizada el día 6 de marzo de 2018, por técnicos de la Gerencia de Fiscalización de esta Unidad Reguladora al local ubicado en la calle San Martín 1515 de la ciudad de Salto, departamento homónimo, del señor Marcos Rodríguez;

RESULTANDO: I) que en dicha instancia, se encontró que la instalación en operación, no estaba autorizada por Ursea, y se empleaba un método de recarga prohibido;

II) que los asesores actuantes, recomendaron la aplicación de multas, al responsable de la instalación y al distribuidor Megal SA;

III) que se otorgó la vista de estilo; el titular de la instalación presentó descargos señalando el cierre de la misma;

IV) que el asesor letrado señaló que, la conducta posterior de las personas de dicho comercio, supuso la corrección de situaciones de infracción, proponiendo sustituir la multa propuesta por apercibimiento;

V) que se mantiene la sanción para Megal, en una multa de Unidades Indexadas 25.000;

CONSIDERANDO: I) que las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de fiscalización de esta Unidad Regulatoria;

II) que se cumplió con el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149 y en demás normas concordantes y modificativas, en el Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de Gas Licuado de Petróleo, en el Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo del Gas Licuado de Petróleo aprobados por la Resolución  Nº 5/004, y en demás normas posteriores modificativas, y en las Resoluciones Nº 194/014, Nº 92/018 y Nº 237/019 sobre criterios generales para la aplicación de sanciones;  

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar sanción de apercibimiento a Marcos Rodríguez, titular del documento de identidad Nº 4.891.972-8, por lo expuesto y atento a lo que surge de obrados.

2) Aplicar una multa de Unidades Indexadas veinticinco mil (UI 25.000) a Megal SA, por lo expuesto y atento a lo que surge de obrados.

3) Incluir dicha instalación en el cronograma de inspecciones a efectos de comprobar el cese de operaciones.

4) Notifíquese, publíquese, regístrese en la base de sanciones.

5) Pase a la División Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa impuesta. Oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 03/2020 de fecha 02/18/2020