| VISTO:
lo
dispuesto en la Resolución
de Ursea Nº 120/021 de 15 de junio de 2021;
RESULTANDO: I) que por dicha
resolución, se adjudicó la Licitación Abreviada Nº
2/2021 el servicio de
cafetería y limpieza de salas de reuniones hasta la finalización
del ejercicio
2021, a la empresa Diego Ezequiel Ramos Álvez;
II) que el servicio se viene
prestando desde el 23 de junio de 2021 y finaliza el 31 de diciembre de
2021,
por un precio de hasta $
238.095
con impuesto incluido, y se abona en forma mensual a razón de $
34.013,60 con
IVA incluido;
III) que la División
Gestión de
Recursos sugirió que, por artículo 74 del TOCAF se realice una
ampliación de la
licitación 2/2021 por el 100% en las mismas condiciones preestablecidas
en el
pliego de la licitación que se viene ejecutando y por plazo hasta
agotarse el
crédito;
IV) que la Coordinadora
Legal,
expresó que por la normativa antes citada, “las
prestaciones objeto de los contratos podrán aumentarse o disminuirse,
siempre
que se respeten las condiciones y modalidades y con
adecuación de
los plazos respectivos, hasta un máximo del 20% o del 10% de su valor
original
en uno y otro caso y siempre que el monto definitivo no sobrepase el
límite
máximo de aprobación para el cual está facultada la
respectiva autoridad.
También podrán aumentarse o disminuirse en las proporciones que
excedan de las
antes indicadas, con acuerdo del adjudicatario y en las mismas condiciones
preestablecidas en materia de su aprobación. En ningún caso los
aumentos podrán
exceder el 100% del objeto del contrato”;
V) que la empresa Diego
Ezequiel
Ramos Álvez, prestó el consentimiento para ampliar las
prestaciones hasta un
100%, en la forma y condiciones en las que viene realizando;
VI) que Contabilidad de
Ursea
informó que en el
Presupuesto 2022 que
aún no fue aprobado por el Poder Ejecutivo tiene una partida prevista
para el
objeto 278000 de $ 500.000;
CONSIDERANDO: I) que el
artículo 74 del
TOCAF faculta a la Administración contratante a la ampliación del
contrato
durante su ejecución, en el marco de las condiciones por él
establecidas;
II) que el monto definitivo
no
sobrepasa el límite máximo de aprobación para el cual
está facultado el
Directorio de este servicio descentralizado;
III) que procede resolver en
consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
establecido el artículo 74 del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración
Financiera (TOCAF), aprobado por el Decreto Nº 150/012 de 11 de mayo de
2012,
modificativas y
concordantes,
artículo
10 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción
dada por el
artículo 248 de la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de 2020 y a la
Resolución de
Ursea "SD 194/020" de 20 de agosto de 2020;
EL DIRECTORIO de la
Unidad Reguladora de Servicios de
Energía y Agua
RESUELVE:
1)
Ampliar hasta el 100 % el
monto de la contratación de Diego
Ezequiel Ramos Álvez, RUT “21.729938.0014”,
ad referéndum de la intervención del Contador Delegado del
Tribunal de Cuentas
ante esta Unidad Reguladora y al amparo del artículo 74 del TOCAF, para
que continúe
brindando luego del 31 de diciembre de 2021 el servicio de cafetería y
limpieza
de cocina y salas de reuniones en instalaciones de Ursea, por el precio de $
238.095 (pesos uruguayos doscientos treinta y ocho mil noventa y cinco)
impuesto incluido, que se abonarán en forma mensual a razón de $
34.013,60 con
IVA incluido.
2)
Disponer que la erogación de dicha
ampliación afectará el presupuesto 2022 una vez que sea aprobado
por el Poder
Ejecutivo en el objeto 278000 "Servicios de limpieza".
3)
Establecer que la ampliación
aprobada está sujeta a la condición suspensiva de que se apruebe
el Presupuesto
de Ursea ejercicio 2022 o en su defecto continúe el vigente
–artículo 228 de la
Constitución de la República”, en este caso la
afectación se realizará en éste.
4)
Autorizar a la División Gestión de
Recursos a abonar a de Diego Ezequiel Ramos Álvez el servicio ampliado,
en la
forma estipulada.
5)
Pase a Contabilidad a sus efectos.
6)
Comuníquese, notifíquese. Hecho,
siga a la División Gestión de Recursos para proceder a los pagos
cuando
correspondan.
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