Resolución Expediente Acta Nº
Nº 006/020 0036-02-006-2020 01/2020
 
Referencia
ANCAP SOLICITANDO AUTORIZACIÓN PARA EXPEDIR GASOLINA DE AVIACIÓN 100 CON COLOR FUERA DE ESPECIFICACIÓN.
 
Resolución

 VISTO: La solicitud de autorización para la comercialización de la Gasolina de Aviación 100 fuera de la especificación técnica establecida en el RETCCL, formulada por la ANCAP;

RESULTANDO: I) que en su nota, la empresa informó que una partida de este combustible no cumpliría con lo establecido en las especificaciones técnicas en el parámetro color, ya que en vez de ser verde , es azul;

II)            que asimismo se señaló que en caso de no considerarse la excepción solicitada, se estaría ante una situación de desabastecimiento nacional para este tipo de combustible;

III)          que, de acuerdo con lo solicitado, técnicos de la Gerencia de Fiscalización concluyeron  su informe señalando: .se entiende no hay objeciones para aprobar la comercialización por parte de ANCAP de la partida de Gasolina de Aviación disponible por el Ente como Gasolina de Aviación Grado 100, clase "100" ,  siempre que cumpla con las especificaciones establecidas para dicho producto, exceptuando únicamente el parámetro color.”;

IV)         de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º del Reglamento de Especificaciones Técnicas de Calidad de Combustibles Líquidos (RETCCL) puede solicitarse la autorización de comercialización en forma transitoria, de combustibles de calidad inferior, para uso por parte de clientes, previa justificación del riesgo de abastecimiento y con la aceptación del cliente respectivo;

V)           el Asesor Letrado se pronuncia favorablemente ante el planteamiento formulado, el que está dentro de las competencias de la Unidad;

VI)         a su vez, el asesor informante sugiere que la empresa tome todos los recaudos tendientes a informar a los usuarios y a recabar su aceptación de esta situación;

VII)        la Gerencia General comparte lo informado elevando los obrados a consideración;

CONSIDERANDO: en cumplimiento de lo establecido en la normativa de aplicación y de acuerdo con lo informado, procede adoptar resolución;

 ATENTO: a lo expuesto;

El DIRECTORIO

RESUELVE:

 

1)        Aprobar por excepción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º del RETCCL, la comercialización de la Gasolina de Aviación 100, en el marco de lo solicitado por la ANCAP.

2)        Esta excepción no podrá implicar exceder el contenido de colorante máximo indicado en las especificaciones técnicas.

3)        ANCAP deberá mantener a disposición de esta Unidad, los certificados de análisis de las partidas que se libren a la comercialización, manteniendo la trazabilidad del producto a lo largo de la cadena de comercialización.

4)        ANCAP deberá tomar los recaudos del caso necesarios a efectos de dar cumplimiento con las disposiciones contenidas en el Reglamento citado, en especial informar a sus usuarios, que la única discrepancia de este combustible con las especificaciones técnicas establecidas por esta Unidad es en cuanto al color, y recabar la aceptación de los clientes respectivos.

5)        Comuníquese y siga el trámite dispuesto.

 

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 01/2020 de fecha 01/31/2020