Resolución Expediente Acta Nº
Nº 002/020 0699-02-006-2019 01/2020
 
Referencia
MONTEVIDEO GAS SOLICITA ROL DE OPERADOR EN LA CONVERSIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL
 
Resolución

VISTO: las actuaciones administrativas iniciadas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), relacionadas con la autorización a la Distribuidora de Gas de Montevideo (DGM) para cumplir ella misma el rol de operador técnico en la concesión de distribución de gas natural, en la que dicha empresa tiene la calidad de concesionaria;

 

RESULTANDO: I) que las referidas actuaciones se iniciaron con una nota remitida desde la Dirección Nacional de Energía (DNE) a DGM, en la que a raíz del acuerdo transaccional de 27 de setiembre de 2019, y de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo por Resolución de 26 de setiembre de 2019, se solicitó a la empresa distribuidora que incorpore documentación que acredite que cumple con los requisitos técnicos para asumir el rol de operador técnico de la concesión;

II) que DGM dio respuesta a la nota señalando que cuenta con personal capacitado y experiencia de gestión para llevar adelante la operación técnica de la concesión, adjuntando un organigrama de la empresa, realizando una reseña de diversas actividades inherentes al diseño, operación y mantenimiento del sistema de distribución de gas, así como incorporando los currículos del personal gerencial y de jefatura relacionado;

III) que el expediente fue remitido desde la DNE a URSEA para dictaminar y en virtud de informe técnico se señaló que la Unidad había hecho seguimiento e intercambio técnico de los principales proyectos y obras relevantes en la red de distribución concesionada, así como que no había objeciones al desempeño técnico del personal de la empresa:

IV) en el mismo informe se recomendó requerir a DGM que agregue el Manual de Procedimientos actualizado, lo que efectivamente se concretó, aunque dado que se estaba en elaboración de dos procedimientos específicos, se solicitó un plazo de 180 días corridos para presentarlos;

V) que los obrados volvieron a ser informados en el seno de la Gerencia de Fiscalización de URSEA, explicitándose que los cambios hechos en el Manual reflejan las modificaciones de la red de distribución desde la última edición del mismo y la experiencia operativa lograda de la Distribuidora, y en definitiva su Gerente recomendó: 1) aprobar el “Manual de Procedimientos de Operación y Mantenimiento” presentado por la Distribuidora, 2) requerir que antes de cumplidos 180 días corridos a partir de la fecha de presentación en la URSEA del Manual, se presente una nueva versión del ‘Manual de Procedimientos de Operación y Mantenimiento’, refrendado por las autoridades de la empresa, que incluya los procedimientos ‘Contingencia ante deficiencia de odorización del gas natural’, y ‘Mantenimiento y reparación de redes de acero’ actualizados y 3) requerir que el Manual referido se entregue consolidado en un documento unificado, con su índice respectivo y paginado general, además del paginado de cada procedimiento, y en formato digital;

VI) que con posterioridad se elaboró informe jurídico en el que se destacaron las previsiones contenidas en el pliego de condiciones, en el mismo contrato de concesión de la distribución de gas en el área metropolitana de Montevideo, y en la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de setiembre de 2019, relacionadas con la operación técnica de la concesión, constatándose que esta última introdujo una variación de lo previsto originalmente en la relación concesional, al entender que la propia concesionaria podía ser ella misma la operadora técnica, al acreditar suficiente experiencia y disponibilidad de personal capacitado;

VII) que en definitiva el asesor letrado actuante recomendó en el marco de lo dispuesto por la resolución del Poder Ejecutivo y de lo informado técnicamente, lo siguiente: 1) aprobar transitoriamente la presentación de DGM relacionada con el rol de operador técnico, incluyendo el Manual de Procedimientos, procediendo una aprobación permanente cuando se presente y evalúe favorablemente dicho Manual actualizado con el formato previsto por la Gerencia de Fiscalización, así como con la inclusión de los procedimientos de Contingencia ante deficiencia de odorización de gas natural y de Mantenimiento y reparación de redes de acero, 2) requerir a DGM la inclusión en el manual de los dos procedimientos  referidos y su presentación con formato adecuado en un plazo de 180 días corridos, 3) instruir a DGM que cualquier cambio en el personal presentado en los obrados deba ser comunicado al MIEM y a URSEA, justificándose debidamente que se mantiene personal calificado relacionado con la operación técnica y 4) remitir las actuaciones al MIEM a sus efectos;

CONSIDERANDO: I) que la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de setiembre de 2019 dispuso autorizar a DGM a asumir por sí misma el rol de operador técnico de la concesión, sujeto a la presentación de documentación que se le requiera por parte del MIEM y de la URSEA, y la aprobación por parte de éstos;

II) que se comparte lo informado por lo que resulta procedente resolver;                   

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002, con sus modificativas, por el contrato de concesión de la distribución de gas en el área metropolitana de Montevideo, celebrado el 15 de diciembre de 1994 entre el Estado y Gaseba Uruguay, con sus adendas, y por la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de setiembre de 2019;

 

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

 

1) Aprobar transitoriamente, sin perjuicio de lo que resuelva oportunamente el MIEM, la presentación de DGM relacionada con el rol de operador técnico, incluyendo el Manual de Procedimientos, procediendo una aprobación permanente cuando se presente y evalúe favorablemente dicho Manual actualizado con el formato previsto por la Gerencia de Fiscalización, así como con la inclusión de los procedimientos de Contingencia ante deficiencia de odorización de gas natural y de Mantenimiento y reparación de redes de acero.

2) Requerir a DGM la inclusión en el manual de los dos procedimientos  referidos, y su presentación con formato adecuado en un plazo de 180 días corridos desde el 24 de diciembre de 2019.

3) Instruir oportunamente a DGM que cualquier cambio en el personal presentado deba ser comunicado al MIEM y a URSEA, justificándose debidamente que se mantiene personal calificado relacionado con la operación técnica de la concesión.

4) Remitir los obrados al Ministerio de Industria, Energía y Minería, al tenor de lo previsto en el artículo 2° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de setiembre de 2019.

5) Notifíquese de lo dispuesto a Distribuidora de Gas de Montevideo.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 01/2020 de fecha 01/31/2020