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VISTO: la necesidad de
contar con memorias RAM para los equipos de computación personal de Ursea;
RESULTANDO:
I)
que actualmente, gran parte de los equipos de computación personal asignados a
los usuarios de esta Unidad Reguladora, cuentan con 4GB de memoria RAM,
provocando un enlentecimiento en el funcionamiento de los mismos al ser
exigidos;
II) que la Jefatura de Sistemas de
Información y Bases de Datos, propone
aumentar a 8GB la memoria RAM de los equipos que cuenten con 4GB, de forma de
mejorar su rendimiento. Por lo expuesto se requerirá la adquisición de 15
bancos de memorias con las siguientes especificaciones técnicas: Componente:
Memoria RAM, Tipo: DDR3, Capacidad: 8GB, Velocidad: 1600 MHz (mínima). Estima
que el total de dicha adquisición será cercana a U$S 975 (impuestos incluidos);
III) que Contabilidad de Ursea informó la
existencia de crédito presupuestal, y contabilizó en el sistema contable
vigente (PSIG) la afectación N° 90 de
acuerdo al siguiente detalle: Presupuesto Operativo - Objeto 197000 Artículos y
accesorios informáticos - $ 43.875 (U$S 975);
IV) que el Departamento de Compras, informó
que la Directa Común 68/2021 se publicó en el SICE y se realizó la apertura de
ofertas 12 de noviembre de 2021, habiendo presentado ofertas las siguientes
empresas: Vantec Ltda, Paldir SA, Tools Tecnología Informática SRL, Binalor SA,
Acuamar SA, Tercir SRL, Nalfer SA, Binalor SA y Telemática SRL, de las cuales
se realizó cuadro comparativo;
V) que la Jefatura de Sistemas de Información
y Bases de Datos, luego de analizar las
ofertas, recomienda la adjudicación de los 15 módulos de memoria solicitados, a
la empresa Vantec Ltda, por un monto total de $ 30.817,20, impuestos Incluidos;
siendo ésta la oferta con precio más bajo;
VI) que la Gerencia General comparte la
sugerencia;
CONSIDERANDO: I) que el aumento de
la capacidad de las memorias RAM de los equipos que utiliza el personal de
Ursea, será beneficioso para dar agilidad a la gestión y trabajo cotidiano que
se realiza en esta Unidad Reguladora;
II) que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto por el artículo 33 Literal “C” del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera (TOCAF), aprobado por el Decreto Nº 150/012 de 11 de
mayo de 2012 con sus modificaciones, artículo 10 de la Ley 17.598, de 13 de
diciembre de 2020, en la redacción dada por el artículo 248 de la Ley Nº 19.889
de 9 de julio de 2020 y Decreto Nº 385/020, de 31 de diciembre de 2020 que
aprobó el Presupuesto hoy vigente de Ursea;
EL DIRECTORIO de la
Unidad Reguladora de
Servicios de Energía y Agua
RESUELVE:
1)
Autorizar la compra directa al amparo del artículo 33 literal “C” del TOCAF, ad
referéndum de la intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas
ante este servicio descentralizado, para adquirir de Vantec Ltda, RUT “21.250920.0016”,
quince (15) Memorias HikVision,
tipo DDR3, 1600MHZ, 8GB UDIMM 1.5V, por un precio unitario de $ 1.684 más IVA,
lo que resulta un total de pesos uruguayos treinta mil ochocientos diecisiete
con 20/100 ($ 30.817,20) impuestos Incluidos.
2)
Disponer que se impute el monto referido, en el Presupuesto Operativo de Ursea,
en el Objeto 197000 “Artículos y
accesorios informáticos”
3)
Autorizar a la División Gestión de Recursos a efectuar el pago correspondiente.
4)
Notifíquese, comuníquese y siga a la División Gestión de Recursos, a sus
efectos.
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