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VISTO: La situación del
expendio ubicado en la calle Machado casi Ruta 15, localidad de Costa Azul,
departamento de Rocha de Rossana Bazzini Vasquez;
RESULTANDO:
I)
que según resulta de los antecedentes, se constataron incumplimientos:
operativos y estructurales en esta instalación; luego de su debido trámite,
ellos determinaron la pérdida de la autorización de comercializar GLP, así como
la aplicación de una sanción de Unidades Indexadas 9.800, (Resolución Nº 367/019
del 5 de noviembre de 2019);
II) que en fecha posterior la titular del
expendio procedió a regularizar su situación; corrigiendo los incumplimientos,
realizado el registro de regulados, y obteniendo una nueva autorización para
comercializar GLP, solicitando la revisión de la multa impuesta;
III) que analizada su situación por parte de
un asesor letrado, este indicó que el hecho de haberse regularizado, es una
conducta contemplada en la normativa como un atenuante de la responsabilidad
original, según los criterios internos para la determinación de multas
establecidos en las Resoluciones N° 194/014, N° 92/018 y 237/019, lit f); por
tal motivo se entiende que se dan las condiciones para sustituir la multa aplicada
por una sanción de apercibimiento;
CONSIDERANDO:
I)
que las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de
fiscalización de esta Unidad Reguladora;
II) que se cumplió con el debido
procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;
ATENTO:
a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598 del 13 de
diciembre de 2002 en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149 y en
demás normas concordantes y modificativas, en el Reglamento para la Prestación
de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y
Distribución de Gas Licuado de Petróleo, en el Reglamento Técnico y de
Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo del Gas Licuado de
Petróleo aprobados por la Resolución Nº
5/004, y en demás normas posteriores modificativas, y en las Resoluciones Nº
194/014, Nº 92/018 y Nº 237/019 sobre criterios generales para la aplicación de
sanciones;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Sustituir el numeral primero de la resolución Nº 367/019 del 5 de noviembre de
2019, por el siguiente: “1) Aplicar una sanción de apercibimiento a Rossana
Bazzini Vásquez, atento a lo expuesto y a lo que surge de obrados”.
2)
Notifíquese, publíquese, regístrese la modificación de la sanción en la base correspondiente.
3)
Pase a Administración Documental a sus efectos. Oportunamente archívese.
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