Resolución Expediente Acta Nº
Nº 384/024 0581-02-006-2019 38/2024
 
Referencia
REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE GASODOMÉSTICOS RECIPIENTES PORTÁTILES Y SUS ACCESORIOS PARA GLP Y GAS NATURAL.
 
Resolución

VISTO: el expediente N° 0581-02-006-2019 referido a la necesidad de actualizar los Anexos del “Reglamento de seguridad de gasodomésticos recipientes portátiles y sus accesorios para GLP y gas natural” (RSGRA) aprobado por Resolución de la URSEA Nº 151/021, de 21 de julio de 2021;
RESULTANDO: I) que los técnicos de Fiscalización Combustibles informaron la necesidad de actualizar las normas técnicas incluidas en los Anexos II y III del RSGRA de la siguiente manera: a) sustituir las normas UNIT 1094 y UNIT-ISO 11119-3 por las siguientes versiones UNIT 1094:2022 y UNIT-ISO 11119-3:2020+Amd1:2023 las cuales refieren a recipientes para GLP de acero y construcción compuesta respectivamente, b) incorporar en el Anexo II la norma técnica UNIT 953:2023 referida a calefactores de ambientes no conectados a ductos de evacuación de gases, c) eliminar del Anexo III la norma técnica UNIT 953:1994 referida a calefactores de ambientes no conectados a ductos de evacuación de gases, d) incorporar en el Anexo III la norma versión UNE-EN 16436-1:2014+A3:2021 referida a conexiones flexibles para butano, propano y sus mezclas en fase vapor;
II) que además se consideró oportuno conceder plazos para la entrada en vigencia de lo establecido en los puntos anteriores;
III) que corresponde poner en consulta pública por un plazo de 60 días la propuesta;
IV) que las Gerencias de Fiscalización y Regulación elevan los obrados para resolución, compartiendo la propuesta que se formula;
CONSIDERANDO: que resulta necesario resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto, a la Ley N° 17.598 de 13 de diciembre de 2002 en su redacción vigente, al Reglamento de seguridad de gasodomésticos recipientes portátiles y sus accesorios para GLP y gas natural” (RSGRA) aprobado por Resolución de la URSEA Nº 151/021, de 21 de julio de 2021, N° 245/022 y 405/2022 que prorrogaron la vigencia del RSGRA, la Resolución Ursea N° 59/017 en la redacción dada por la Resolución Ursea N° 31/020 referidas al procedimiento de consulta pública y a lo informado en obrados;


EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:


1.- Poner en Consulta Pública por un plazo de 60 días, las modificaciones a los Anexos II y III del Reglamento de seguridad de gasodomésticos recipientes portátiles y sus accesorios para GLP y gas natural, que se adjuntan y se consideran parte de esta Resolución.
2.- Notificar a la Comisión Interministerial de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3.- Notifíquese, comuníquese, publíquese en el sitio web de Ursea y oportunamente archívese.

 
 
Archivos Adjuntos
ANEXO II xxx 2024.pdf
ANEXO III xxx 2024.pdf
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 38/2024 de fecha 07/02/2024