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VISTO: La inspección realizada por el LATU el día 23 de
julio de 2019, en el comercio de Alberto Souza, ubicado en la calle General Oribe
Nº 440, localidad de Florida, departamento homónimo;
RESULTANDO:
I)
que en dicha instancia, se encontró que la instalación en operación, no estaba
autorizada por Ursea;
II) que los asesores de esa Unidad Reguladora,
recomendaron la aplicación de multas, al titular de la instalación y al
distribuidor DUCSA;
III) que se otorgó la vista de estilo; el
titular de la instalación presentó descargos señalando su regularización obteniendo
la autorización del caso;
IV) que el asesor letrado señaló que, la
conducta posterior del comercio, supuso la corrección de situaciones de
infracción, proponiendo sustituir la multa propuesta por apercibimiento;
V) que se mantiene la sanción para DUCSA, en
una multa de Unidades Indexadas 25.000;
CONSIDERANDO:
I)
que las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de
fiscalización de esta Unidad Reguladora;
II) que se cumplió con el debido
procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;
ATENTO:
a lo dispuesto en la Ley 17.598 del 13 de
diciembre de 2002, en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149 y
en demás normas concordantes y modificativas, en el Reglamento para la
Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado,
Recarga y Distribución de Gas Licuado de Petróleo, en el Reglamento Técnico y
de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo del Gas Licuado de
Petróleo aprobados por la Resolución Nº
5/004, y en demás normas posteriores modificativas, y en las Resoluciones Nº
194/014, Nº 92/018 y Nº 237/019 sobre criterios generales para la aplicación de
sanciones;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar sanción de apercibimiento a Juan Alberto Souza Cabral, RUT Nº
15.038064.0018, por lo expuesto y atento a lo que surge de obrados.
2)
Aplicar una multa de Unidades Indexadas veinticinco mil (UI 25.000) a DUCSA por
lo expuesto y lo que surge de obrados;
3)
Notifíquese, publíquese, regístrese en la base de sanciones.
4)
Pase a la División Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa impuesta.
Oportunamente archívese.
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