| VISTO: la solicitud de acceso a la información formulada por la Sra. Camila Méndez, al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, tramitada en el expediente 0342-69-001-2026; RESULTANDO: que la interesada solicita los monitoreos de agua en todos los puntos en el período 2025-2026; CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Jurídica entiende que la información solicitada no ingresa en las excepciones legales previstas de secreta, reservada y confidencial en el marco de lo dispuesto por los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Nº 18.381 y artículo 9 de la Ley 18.331 en la redacción dada por el art. 156 de la Ley N° 18.719; II) que se hizo uso de la prórroga para responder la presente solicitud, atento al volumen de información pedida, mediante Resolución Nº 144/026; III) que la Gerencia General atento a lo informado, entiende que resulta procedente acceder a lo solicitado entregando la información que luce en la planilla adjunta; ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;
EL DIRECTORIO DE URSEA RESUELVE:
1) Accédese a la solicitud de información pública presentada por la Sra. Camila Méndez, al amparo de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, haciéndose entrega de la información solicitada que luce en la planilla adjunta y forma parte de la presente resolución. 2) Notifíquese, publíquese en el sitio web de Ursea y oportunamente archívese.-
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